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Pregúntele a Larry: ¿Aumentará mi beneficio si sigo trabajando? Dinero

Pregúntele a Larry: ¿Aumentará mi beneficio si sigo trabajando?

Logotipo de Ask Larry con una tarjeta genérica del Seguro Social.

Pregúntale a Larry

Planificación de Seguridad Económica, Inc.

La columna del Seguro Social de hoy aborda preguntas sobre el potencial de ingresos continuos para aumentar las tasas de beneficios, quién puede recibir beneficios conyugales antes de los beneficios de jubilación y cuándo pueden hacerlo y la elegibilidad para beneficios conyugales divorciados. Larry Kotlikoff es profesor de economía en la Universidad de Boston y fundador y presidente de Economic Security Planning, Inc.

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¿Tiene sus propias preguntas sobre el Seguro Social que le gustaría que respondieran? Pregúntele a Larry sobre el Seguro Social aquí.

¿Aumentará mi beneficio si sigo trabajando?

Hola Larry, me jubilé anticipadamente a los 62 años y sigo trabajando. Planeo seguir trabajando durante varios años más. ¿Esto aumentará mi tasa de beneficios de jubilación? gracias, harold

Hola, Harold: Continuar trabajando y pagando el Seguro Social podría potencialmente aumentar su tasa de beneficios. Sin embargo, si sus ganancias adicionales aumentarían o no su tasa de beneficios, depende de cuánto gane en relación con lo que ganó en años anteriores.

Los beneficios de jubilación del Seguro Social se basan en un promedio de los 35 años más altos de ingresos indexados al salario cubiertos por el Seguro Social de una persona, por lo que los años adicionales de ingresos solo aumentan la tasa de beneficios de una persona si son más altos que uno o más de los 35 años actualmente. utilizado para calcular la tasa de beneficio de la persona.

Si sus ingresos en los años posteriores a que comenzó a cobrar los beneficios son lo suficientemente altos como para aumentar su tasa de beneficios, el Seguro Social debería aumentar automáticamente su tasa y pagarle los beneficios adicionales adeudados. Mejor, Larry

Si mi esposa solicita beneficios conyugales ahora, ¿puede reclamar su beneficio de jubilación más alto más tarde?

Hola Larry, me acaban de aprobar mis beneficios de jubilación y pasé mi plena edad de jubilación. Alcanzará su plena edad de jubilación el próximo año y su beneficio será más de la mitad del mío.

¿Puede obtener beneficios conyugales durante varios años antes de presentar su propio registro y, de ser así, podrá obtener su beneficio de jubilación más alto o estará sujeta a su beneficio conyugal más bajo? gracias barney

Hola Barney, si tu esposa no alcanza la plena edad de jubilación (FRA) hasta el próximo año, entonces lo que estás proponiendo no es una opción válida para ella. Dado que su esposa aparentemente nació después del 1/1/1954, no puede solicitar los beneficios conyugales sin que también tenga que solicitar sus beneficios de jubilación al mismo tiempo.

Y si el monto de su propio seguro primario (PIA) es más del 50% de su PIA, entonces ella no será elegible para los beneficios conyugales sin importar cuándo los solicite. El PIA de una persona es igual a su tasa de beneficio de jubilación del Seguro Social si comienza a cobrar sus beneficios en FRA.

Solo las personas que nacieron antes del 1/2/1954 pueden obtener beneficios conyugales mientras dejan crecer su propia tasa de beneficios, e incluso ellos solo pueden hacerlo si esperan al menos hasta su FRA para reclamar los beneficios conyugales. De lo contrario, un reclamo de beneficios conyugales es también un reclamo de los propios beneficios de jubilación del Seguro Social de la persona. Y si una persona solicita beneficios antes de su FRA, su tasa de beneficios se reduce según la edad.

Si su esposa, de hecho, nació antes del 1/2/1954, entonces podría solicitar beneficios conyugales ahora y cambiar a su propio beneficio más alto en una fecha posterior. Sin embargo, suponiendo que su esposa nació después del 1/1/1954 y si su propio PIA es más del 50% de su PIA, entonces su única opción real es decidir cuándo solicitar sus propios beneficios.

Es posible que usted y su esposa deseen considerar usar el software de mi empresa, Maximize My Social Security o MaxiFi Planner, para asegurarse de que su hogar reciba los beneficios más altos de por vida. Las calculadoras del Seguro Social provistas por otras compañías u organizaciones sin fines de lucro pueden proporcionar sugerencias adecuadas si se construyeron con sumo cuidado. Mejor, Larry

¿Puedo presentar una declaración en el registro de mi ex?

Hola Larry, mi ex esposo me dijo que podía elegir entre un beneficio conyugal o su tasa de beneficio de jubilación. Elegí el cónyuge, pero luego me llevó de nuevo a la corte y se llevó a mi cónyuge. Ahora que no estoy trabajando, ¿puedo obtener un beneficio en su registro de Seguro Social? ¿Algo de esto suena bien? gracias michelle

Hola Michelle, Las personas no pueden negociar sus derechos de beneficios del Seguro Social en un acuerdo de divorcio, ni un tribunal estatal o local puede quitarles su derecho a los beneficios del Seguro Social. Así que me está costando entender tu descripción de los hechos.

El Seguro Social nunca le pagaría los beneficios de jubilación del Seguro Social de su esposo, pero usted podría calificar potencialmente para los beneficios de cónyuge divorciado si cumple con los requisitos. Y si califica para los beneficios de cónyuge divorciado, puede solicitar y recibir esos beneficios independientemente de cualquier acuerdo que tenga o haya tenido con su ex. No necesita su permiso para reclamar beneficios de cónyuge divorciado en su registro de Seguro Social.

Sin embargo, para calificar para los beneficios de cónyuge divorciado, debe cumplir con los requisitos para esos beneficios. Eso incluye haber estado casado con su ex durante al menos 10 años, no estar casado actualmente y tener al menos 62 años. Además, su ex tendría que tener al menos 62 años o recibir beneficios de jubilación o discapacidad del Seguro Social.

Y si ya está cobrando beneficios de jubilación o discapacidad del Seguro Social, entonces solo podría calificar para beneficios adicionales para cónyuges divorciados mientras su ex aún viva si el 50% de su monto de seguro primario (PIA) es más que su propio PIA. El PIA de una persona es igual a su tasa de beneficio de jubilación del Seguro Social si comienza a cobrar sus beneficios a la edad plena de jubilación (FRA).

Si fallece antes que tú, también podrías calificar para los beneficios de viuda divorciada, que equivaldrían a lo que él cobra o es elegible para cobrar en el momento de su fallecimiento.

Si cree que cumple con los requisitos, puede llamar al Seguro Social para presentar una solicitud o para analizar sus opciones de presentación. Mejor, Larry